5 Febrero 2014
FITOSANITARIOS, PELIGROSIDAD, NUEVAS NORMATIVAS,NECESIDAD DE SANCIONES
AIRE-SQM HA ELABORADO ESTE DOCUMENTO PARA QUE CUALQUIER CIUDADANO PUEDA SER CONOCEDOR DE
LA REGLAMENTACIÓN REFERIDA A ACTUACIONES PÚBLICAS MEDIOAMBIENTALES Y EJERCER SUS DERECHOS PARA PROTEGER SU SALUD, y especialmente respecto al
uso indiscriminado y reiterativo de fitosanitarios en PARQUES PÚBLICOS Y JARDINES.
EXPONEMOS derechos que nos corresponden como el Derecho a la Protección de la salud (Constitución Art.43), Derecho a la información, Derecho a la participación, Derecho al acceso a la justicia (Ley 27/2006, de 18 de julio), y el principio de precaución y prevención que se debe observar en cualquier actuación pública de carácter medioambiental que pueda afectar a la salud de las personas.
ESTOS DERECHOS Y PRINCIPIOS son a los que Elvira Roda aludió en la Reclamación Patrimonial que interpuso al Ayuntamiento de Alboraya en noviembre de 2010, por
vulnerarlos u obviarlos de manera reiterada perjudicando la salud de Elvira, no atendiendo a su derecho de acceder a la información y participación pública, ni de velar por la protección medioambiental a la que están obligados los poderes públicos.
Reclamación que desestimó el Ayuntamiento de Alboraya el 24 de noviembre de 2011. Convencida de su razón y confiada en la justicia, Elvira interpuso una Demanda al Tribunal Contencioso Administrativo de Valencia, del que estamos esperando sentencia.